A- de 2022
Ponente Gloria Stella Ortiz Delgado
✓Demandante De Oficio Procesado Jimenez Zapata Julio Humberto·Demandado Jimenez Zapata Julio Humberto
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Incumplimiento del presupuesto subjetivo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto positivo de jurisdicción suscitado entre el Juzgado Tercero Penal del Circuito Mixto de Valledupar y la Jurisdicción Especial Indígena del Resguardo Arhuaco de La Sierra Nevada.
La controversia entre las precitadas entidades tuvo su origen en una investigación penal adelantada en contra de un ciudadano, por la presunta comisión del delito de actos sexuales con menor de catorce años.
En dicho trámite, la abogada defensora propuso la colisión porque, en su criterio, la Jurisdicción Especial Indígena era la competente para conocer de los hechos delictivos presuntamente cometidos por su prohijado, quien pertenecía a la comunidad indígena de la referencia.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Corte encontró que no satisfizo el primero, en la medida en que, en el expediente no hay una manifestación, clara, expresa e inequívoca del Resguardo Indígena Arahuaco de Sierra Nevada, a través de la cual reclame su competencia para conocer del presunto acceso carnal violento cometido.
Con base en lo anterior, la Sala Plena de la Corporación se declaró INHIBIDA para emitir pronunciamiento de fondo y dispuso el envío del expediente al Juzgado Tercero Penal del Circuito Mixto de Valledupar, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (23 puntos)
- PRIMERO. Declararse INHIBIDA para pronunciarse sobre el asunto de la referencia, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente providencia.
- SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-1925 al Juzgado
- Tercero. Penal del Circuito Mixto de Valledupar para lo de su competencia y para que comunique esta providencia al Resguardo Arhuaco de La Sierra Nevada y los interesados dentro del tr‡mite judicial correspondiente.
- Notif’quese, comun’quese y cœmplase
- CRISTINA PARDO SCHLESINGER
- Presidenta
- NATALIA çNGEL CABO
- Magistrada
- DIANA FAJARDO RIVERA
- Magistrada
- JORGE ENRIQUE IBç„EZ NAJAR
- Magistrado
- ALEJANDRO LINARES CANTILLO
- Magistrado
- ANTONIO JOSƒ LIZARAZO OCAMPO
- Magistrado
- PAOLA ANDREA MENESES MOSQUERA
- Magistrada
- GLORIA STELLA ORTIZ DELGADO
- Magistrada
- JOSƒ FERNANDO REYES CUARTAS
- Magistrado
- MARTHA VICTORIA SçCHICA MƒNDEZ
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.